Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
17-09-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180917-115

Páginas: 3


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

115
Madrid número 29. Procedimiento 1.194 de 2017, notificación a Buenos Muchachos, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1194/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LESLY LISBETH VASQUEZ DIAZ frente a D./Dña. JUAN CARLOS MANFREDI, THE PACIFIC SEVEN SL, FOGASA, CONVENIOS ESTRATEGIAS SL y BUENOS MUCHACHOS SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

DECRETO

En Madrid, a diez de julio de dos mil dieciocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: Con fecha 30/10/2017 se presentó la demanda de la que trae causa el presente decreto, tomándose las resoluciones precisas para su tramitación.

SEGUNDO: Con fecha 10/07/2018 se ha formalizado, en acta y en esta Sala, conciliación entre las partes en los términos que figuran en dicha acta, que se da íntegramente por reproducida.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO.- Conforme a lo previsto en el artículo 84, apartado 2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, si las partes alcanzan un acuerdo, siempre que no sea constitutivo de lesión grave para alguna de las partes, fraude de ley o abuso de derecho, se dictará decreto aprobándola y se acordará el archivo de las actuaciones.

En consecuencia, habiéndose obtenido avenencia entre las partes y no apreciándose lesión grave para alguna de ellas, fraude de ley ni abuso de derecho, procede la aprobación del Acuerdo alcanzado por las partes.

PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 10/07/2018, en los términos siguientes:

ACTA DE CONCILIACION

En Madrid, a diez de julio de dos mil dieciocho.

Siendo el día y la hora señaladas para la celebración del intento de conciliación previo al juicio oral, ante mí, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ del Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid COMPARECEN:

Como demandante/s: D./Dña. LESLY LISBETH VASQUEZ DIAZ con NIE X8694282Y.

Asistido de D. RAMON JOSE FIOL GARCIA, con número de colegiado 81292.

Como demandado/s:

BUENOS MUCHACHOS SL, FOGASA, y MINISTERIO FISCAL no comparecen estando citados en forma.

CONVENIOS ESTRATEGIAS SL, comparece el letrado D. EDUARDO VAQUERO CARMONA con número de colegiado 89339, en representación y defensa conforme escritura de poder otorgada en Madrid, en fecha 19/02/2018, ante el notario D. Javier Fernández Merino, y nº de protocolo 413, que exhibe y retira en este acto.

D./Dña. JUAN CARLOS MANFREDI, con NIE: X5590457P, en su propio nombre, y en representación de THE PACIFIC SEVEN SL con CIF B98747165, conforme escritura de poder otorgada, Torrent, en fecha 24/06/2015, ante el notario D. Agustín Verdera Server, y nº de protocolo 1264, que exhibe y retira en este acto.

Asistido del letrado D. EDUARDO VAQUERO CARMONA con número de colegiado 89339.

Con carácter previo la parte actor desiste de la acción de nulidad, asi como contra BUENOS MUCHACHOS SL, CONVENIOS ESTRATEGIAS SL y D. JUAN CARLOS MANFREDI, manteniéndose la acción frente a THE PACIFIC SEVEN SL.

Se unen y se da traslado a la partes en este acto de los escritos presentados por ambas, en fecha 3/07/2018.

Iniciado el acto, se advierte a las partes de sus respectivos derechos y obligaciones, exhortándoles para que lleguen a un acuerdo amistoso que se obtiene en los siguientes términos:

La empresa reconoce la improcedencia del despido con fecha de efectos de 11/09/2017 y ofrece por los conceptos de indemnización, saldo y finiquito la cantidad neta de 1.600 euros, de los cuales 1.300 corresponden a indemnización, y los restantes 300 euros a liquidación, saldo y finiquito, que serán abonados en tres plazos, siendo el primero de ellos por importe de 500 euros, en el día de hoy en metálico, en este acto a la trabajadora.

El siguiente pago se efectuara el día 10/08/2018 por importe de 500 euros, por transferencia bancaria a la CC nº ES56 0182 4014 1102 0156 0652, y el tercero y último el día 10/09/2018 por importe de 600 euros, a la CC anteriormente señalada.

La trabajadora acepta y reconoce el pago de los 500 euros, correspondientes al primer plazo. Con el percibo de la totalidad de las cantidades referidas queda saldada y finiquitada por todos los conceptos de la relación laboral.

El incumplimiento de cualquiera de los plazos dará lugar a la ejecución por la totalidad.

S.Sª., el Letrado/a de la Admón. de Justicia, APRUEBA LA AVENENCIA alcanzada por las partes, dando por concluido el acto y procede a continuación a dictar el Decreto de aprobación, extendiéndose la presente acta que firman los asistentes de lo que doy fe.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2802-0000-61-1194-17.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BUENOS MUCHACHOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de julio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/28.006/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180917-115