Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
19-09-2018

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180919-27

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALGETE

OTROS ANUNCIOS

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Algete. Otros anuncios. Candidaturas juez de paz

De conformidad con lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, Reguladora del Poder Judicial, así como a lo dispuesto en los artículos 4, 5 y 6 del Reglamento 3/1995, de los Jueces de Paz, y una vez aprobada la convocatoria por decreto de Alcaldía 356/2018, de 28 de agosto, por medio del presente se convoca a los vecinos del municipio que pudieran estar interesados en optar al nombramiento de juez de paz sustituto para que, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, presenten en el Registro de este Ayuntamiento la correspondiente solicitud, que deberá acompañarse de los siguientes documentos:

1. Original y fotocopia del documento nacional de identidad.

2. Declaración responsable en la que se hagan constar los siguientes extremos:

— Que no ha sido condenado por delito doloso o, en su caso, que se ha obtenido la rehabilitación.

— Que no está procesado o inculpado por delito doloso.

— Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

— Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la función judicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.

— Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, a excepción del desempeño de actividades profesionales o mercantiles.

3. Currículum vítae.

4. Certificado de antecedentes penales, en el que no resulte vigente condena por delito doloso.

5. Documento en el que se haga constar la siguiente información: si están afiliados a algún partido político o trabajan para él; si están afiliados a algún sindicato o trabajan para él; si están colegiados como abogado o procurador en ejercicio y si son funcionarios o empleados de alguna administración pública.

Ante las dudas que se susciten, la Alcaldía podrá requerir la presentación de documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiera lugar.

Tanto el escrito de solicitud, como la declaración responsable que debe acompañarse, podrán recogerse en el Registro del Ayuntamiento durante el horario de atención al público.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.

En Algete, a 3 de septiembre de 2018.—La concejala-delegada, teniente de alcalde, Beatriz María González de Castejón.

(03/28.752/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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