Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
21-09-2018

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180921-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Anuncio del extracto de la Convocatoria de Subvenciones para Asociaciones del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid.

BDNS (Identif.): 412124

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Objeto.—Concesión de ayudas económicas para financiar programas y proyectos dirigidos a jóvenes o realizados por estos entre 14 y 30 años que deberán estar ejecutados antes de finalizar el ejercicio 2018.

Segundo. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regula por las bases aprobadas por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 20 de julio, publicadas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en https://www.lasrozas.es/cultura-deportes-y-juventud.

Tercero. Plazo de inscripción.—El plazo de presentación de solicitudes, junto con el resto de la documentación, será de treinta días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el diario oficial correspondiente, en la página web municipal www.lasrozas.es y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

Cuarto. Cuantía.—La cuantía total máxima de la suma de las subvenciones a conceder será de 12.000,00 euros.

En Las Rozas de Madrid, a 10 de septiembre de 2018.—El concejal-delegado de Juventud y Festejos, José María Villalón Fornés.

(03/29.670/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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