Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
21-09-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180921-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 55

52
Madrid número 55. Procedimiento 958 de 2014, notificación a Jorge Emmanuel Torres Nilo

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 958 de 2014, entre “U1ST Sports, Sociedad Anónima”, y don Jorge Emmanuel Torres Nilo, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente sentencia de fecha 12 de enero de 2018, cuyo encabezamiento y fallo dicen de forma literal:

Sentencia número 15 de 2018

En la Villa de Madrid, a 12 de enero de 2018.—Ha sido visto el juicio ordinario seguido en este Juzgado con el número 958 de 2014, incoado a instancias de “U1ST Sports, Sociedad Anónima”, contra don Jorge Emmanuel Torres Nilo.

Fallo

Que, estimando totalmente la demanda interpuesta por la representación procesal de “U1ST Sports, Sociedad Anónima”, contra don Jorge Emmanuel Torres Nilo, debo:

1.o Declarar el incumplimiento contractual por parte del demandado de los contratos de representación suscritos con la parte demandante de 15 de noviembre de 2008 y de 15 de noviembre de 2010, así como el de su obligación de pago a la parte demandante de 1.320.000 pesos mexicanos (73.708,80 euros en la fecha de interposición de la demanda).

2.o Condenar a la parte demandada al pago a la parte demandante de 1.320.000 pesos mexicanos (73.708,80 euros en la fecha de interposición de la demanda), más sus intereses legales desde la fecha de la reclamación extrajudicial (24 de abril de 2014, según el instructivo obrante en el doc. número 9 de la demanda) y los intereses moratorios procesales a que se refiere el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de esta resolución.

3.o Imponer las costas causadas por este litigio a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que cabe interponer recurso de apelación contra ella en el plazo de veinte días desde su notificación. Adviértase a las partes de que para la interposición del recurso será necesario constituir depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado.

Así, por esta sentencia, lo acuerdo y firmo.—El/la juez/magistrado/a-juez.

Y para que sirva de notificación a don Jorge Emmanuel Torres Nilo, expido y firmo la presente en Madrid, a 15 de junio de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/22.058/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180921-52