Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228

Fecha del Boletín 
24-09-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180924-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

100
Madrid número 17. Procedimiento 1.219 de 2017, notificación a Transvectio Falguera, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña PALOMA MUÑIZ CARRIÓN, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n.o 17 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1219/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ROBERTO ALARCÓN GARCÍA, frente a TRANSVECTIO FALGUERA SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

“Se acuerda tener por desistida a la parte actora D. ROBERTO ALARCÓN GARCÍA de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso de revisión, en el plazo de TRES DÍAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, número 2515-0000-00-1219-17.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA EN SUSTITUCIÓN

DÑA. MARÍA GARCÍA FERREIRA

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TRANSVECTIO FALGUERA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a tres de septiembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADA DE LA ADMÓN DE JUSTICIA

(03/28.640/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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