Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228

Fecha del Boletín 
24-09-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180924-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

71
Madrid número 3. Procedimiento 1.382 de 2017, notificación a Mad Ifactory Lab, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Margarita Martínez González, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.382 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julián Rivero Gómez, frente a “Mad Ifactory Lab, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia en fecha 17 de abril de 2018, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

Fallo

Estimo la demanda formulada por don Julián Rivero Gómez contra la empresa “Mad Ifactory Lab, Sociedad Limitada” y, en consecuencia, condeno a esta a abonar a aquel la cantidad de 4.603,64 euros, con el recargo del artículo 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Se advierte a las partes de que, contra esta sentencia, puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, y designando letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, de que deberá acreditar, al tiempo de interponerlo, haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, con número 2501-0000-00-1382-17 del “Banco Santander”, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco, o presentar aval de entidad financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mad Ifactory Lab, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia, o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 31 de julio de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/28.612/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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