Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228

Fecha del Boletín 
24-09-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180924-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

84
Madrid número 11. Procedimiento 1.111 de 2017, notificación a Servicios Integrales M. Wolff, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.111 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Beatriz Amador y doña María Beatriz Amador Sánchez, frente a “Servicios Integrales M Wolff, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Número de resolución: 158/2018.

Decreto

En Madrid, a 12 de marzo de 2018.

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por desistida a la parte actora doña María Beatriz Amador Sánchez de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros. Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, número 2509-0000-61-1111-17.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El letrado de la Administración de Justicia, Alejandro Asensio Muñoz.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Servicios Integrales M Wolff, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 31 de julio de 2018.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(03/28.459/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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