Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
25-09-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180925-43

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

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Madrid número 22. Procedimiento 285 de 2017, notificación a Matías Castejón García

EDICTO

Don Carlos Beltra Cabello, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 22.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, modificación de medidas de guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 285 de 2017, instados por la procuradora doña Virginia Rosa Lobo Ruiz, en nombre y representación de doña Míriam García Martínez, contra don Matías Castejón García, en los que se ha dictado en fecha 31 de julio de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando como estimo la demanda promovida por la procuradora de los Tribunales doña Virginia Rosa Lobo Ruiz, en nombre y representación de doña Míriam García Martínez, contra don Matías Castejón García, sobre modificación de medidas, debo modificar las medidas acordadas en la sentencia dictada por este Juzgado, el 22 de marzo de 2013, (autos de RPF número 458/2012), en el sentido de acordar lo siguiente:

La privación de la patria potestad de don Matías Castejón García, sobre las dos hijas menores de edad, y cuya titularidad y ejercicio se atribuye, en exclusiva a la madre.

Se suprime el régimen de visitas establecido en la mencionada sentencia con las dos hijas menores de edad.

Manteniéndose el resto de los pronunciamientos de la sentencia anterior, que no hayan venido inoperantes por el transcurso del tiempo.

Todo ello sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas en esta instancia.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 2450-0000-35-0285-17 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en “Banco Santander”.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2450-0000-35-0285-17.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (LO 1/2009 disposición adicional decimoquinta).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Matías Castejón García, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de septiembre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/28.642/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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