Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
28-09-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180928-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 6

109
Parla número 6. Procedimiento 180 de 2017, notificación a Fausto Guillermo Fernández Quishpe

EDICTO

Don Celso González Voces, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6 de Parla.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 180 de 2017, instados por el procurador don Juan Luis Valgañón Gómez, en nombre y representación de “FCA Capital España EFC, Sociedad Anónima”, contra doña Míriam Consuelo Chulca Quishpe y don Fausto Guillermo Fernández Quishpe, en reclamación de 9.882,95 euros, en los que se ha dictado, en fecha 11 de diciembre de 2017, sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 218 de 2017

En Parla, a 11 de diciembre de 2017.—Vistos por doña Alicia Parrondo Amago, magistrada del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Parla, los presentes autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad, seguidos ante este Juzgado bajo el número 180 del año 2017, a instancias de la entidad “FCA Capital España Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los tribunales don Juan Luis Valgañón Gómez, contra don Fausto Guillermo Fernández Quishpe, declarado en situación de rebeldía procesal, y doña Míriam Consuelo Chulca Quishpe, representada por la procuradora de los tribunales doña María Dolores Hurtado Portellano, en reclamación de cantidad, intereses y costas, y en consideración a los siguientes,

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don Juan Luis Valgañón Gómez, en nombre y representación de la entidad “FCA, Capital España Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, contra don Fausto Guillermo Fernández Quishpe y doña Míriam Consuelo Chulca Quishpe, y condeno a don Fausto Guillermo Fernández Quishpe y doña Míriam Consuelo Chulca Quishpe a pagar con carácter solidario a la entidad “FCA Capital España Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima” la cantidad de 9.882,95 euros, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda hasta su completo pago, condenándoles al pago de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a ella pueden interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna, conforme dispone la Ley 1/2000, de 7 de enero, en la redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal, y previa constitución de un depósito de 50 euros, con arreglo a lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Fausto Guillermo Fernández Quishpe, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Parla, a 11 de diciembre de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/13.181/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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