Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
01-10-2018

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181001-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

56
Paracuellos de Jarama. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

BDNS (Identif.): 414510

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar subvención, con base a esta normativa, las asociaciones, entidades y personas físicas de Paracuellos de Jarama que desarrollen proyectos en el ámbito medioambiental y de interés general para el municipio. Todas ellas que deberán figurar debidamente inscritas en el registro de asociaciones del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama.

Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener sede en el término municipal de Paracuellos de Jarama.

b) Tener objetivos y finalidades que se adecuen al objeto señalado el apartado 1 de la presente convocatoria.

c) Haber justificado correctamente las subvenciones concedidas en años anteriores por el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama.

d) No estar incursas en ninguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Objeto.—La presente tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones que se concedan para el año 2018, a las asociaciones, entidades y personas físicas relacionadas con el medio ambiente de Paracuellos de Jarama cuya finalidad sea la promoción y/o difusión de valores relacionados con la naturaleza y conservación de la misma, con el fin de fomentar la realización de actividades durante el año 2018, todo ello de conformidad con lo recogido en la ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama. A tal fin, y a título de ejemplo, se consideran subvencionables las siguientes actividades: charlas y cursos relacionados con la agricultura y el medio ambiente, preparación de actividades de conservación de la naturaleza, fomento del cuidado de animales y fomento de actividades relacionadas con la movilidad sostenible.

No se concederán subvenciones para inversiones en infraestructuras, obras o acondicionamiento de locales destinados a la realización de estos programas o proyectos.

No serán objeto de subvención las actividades que no se desglosen en el correspondiente proyecto/descripción de la actividad.

Tercero. Bases reguladoras.—Pueden consultarse en la BDNS y en la página web municipal.

Cuarto. Cuantía.—El importe total máximo destinado a estas subvenciones es de 20.000 euros, con cargo a la aplicación 170 48002 del presupuesto general del municipio para el año 2018.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de subvención y el resto de documentación exigida por esta convocatoria se presentarán, dentro del plazo de quince días naturales a partir del día siguiente de la publicación del anuncio del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el Registro del Ayuntamiento (plaza de la Constitución, número 1, Paracuellos de Jarama, en horario de nueve a catorce) o por cualesquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Paracuellos de Jarama, a 10 de septiembre de 2018.—El alcalde, Javier Cuesta Moreno.

(03/30.527/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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