Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
01-10-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181001-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 53

74
Madrid número 53. Procedimiento 616 de 2017, notificación a Milanos Desarrollos Inmobiliarios, S. L.

EDICTO

Don César Luis Illanas Merino, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 53 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 616 de 2017, instados por la procuradora doña Blanca Murillo de la Cuadra, en nombre y representación de don Luis Rojas Martínez del Mármol, contra “Milanos Desarrollos Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado en fecha 26 de julio de 2018, auto complementado sentencia dictada en fecha 9 de julio de 2018, que se encuentra a disposición de las partes en la oficina del Juzgado, para que pueda tener conocimiento íntegro de su contenido.

Frente al mismo cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días desde su notificación, ante este Juzgado, debiéndose constituir en tal caso el depósito de 50 euros previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Milanos Desarrollos Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar el citado auto por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Esta publicación edictal se realiza en la forma establecida en la leyes procesales y adaptada al Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia.

En Madrid, a 26 de julio de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/30.100/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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