Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
02-10-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181002-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

121
Madrid número 34. Procedimiento 105 de 2017, notificación a Ismael García Mingo

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. /Dña. FERNANDO BENITEZ BENITEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 105/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancias de D./Dña. ASCENSIÓN SÁNCHEZ-CANO MORENO frente a D./Dña. HONORIO GARCIA DE MINGO, FOGASA y D./Dña. ISMAEL GARCIA MINGO sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

DISPONGO.- Que debo rectificar el expresado error material en el Fallo de la Sentencia que queda redactado definitivamente en los siguientes términos:

“FALLO que debo estimar la demanda interpuesta por DOÑA ASCENSION SANCHEZ-CANO MORENO contra DON HONORIO GARCIA MINGO y DON ISMAEL GARCIA HONORIO, habiendo sido emplazado el FONDO DE GARANTIA SALARIAL y, a su tenor, previa declaración de concurrencia de incumplimiento empresarial grave y declaración de improcedencia del despido practicado, debo acordar la resolución del contrato de trabajo constante entre el actor y los codemandados con efectos de la fecha de esta Sentencia, condenando a éstos solidariamente a que le satisfagan una indemnización resolutoria de DIECINUEVE MIL UN EUROS CON DIECISIETE CENTIMOS DE EURO”.

Por este Auto, lo pronuncia, manda y firma DON ANTONIO SEOANE GARCIA, Magistrado titular del Juzgado de lo Social núm. 34 de Madrid y su circunscripción territorial.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. ISMAEL GARCIA MINGO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de septiembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/29.211/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181002-121