Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
02-10-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181002-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92

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Madrid número 92. Procedimiento 168 de 2017, notificación a Gregoria Arias Arias

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento monitorio número 168 de 2017, entre la comunidad de propietarios de la calle Tunaima, número 8, de Madrid, y doña Gregoria Arias Arias, en cuyos autos se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el tenor literal siguiente:

Decreto número 62 de 2018

Madrid, a 29 de enero de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia, doña María Margarita Garrido Gómez.

Parte dispositiva:

Se declara finalizado el presente proceso monitorio instado por la procuradora doña Noemí Jurado Lapeña, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Tunaima, número 8, de Madrid, frente a doña Gregoria Arias Arias, en reclamación de 11.190,48 euros.

Hago saber al acreedor que puede instar el despacho de ejecución por la cantidad de 11.190,48 euros, para lo que bastará la mera solicitud que debe presentar en el Servicio de Registro del Decanato de esta localidad, sin necesidad de que transcurra el plazo de veinte días previsto en el artículo 548 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Condenar al deudor al pago de los honorarios y derechos que se hayan devengado por el abogado y procurador de la comunidad solicitante.

Notificar la presente resolución a las partes, advirtiéndolas de que si cambiasen de domicilio lo habrán de comunicar inmediatamente al Tribunal.

Llévese el original de esta resolución al libro de decretos definitivos, dejando testimonio de la misma en los autos correspondientes.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso directo de revisión en el plazo de cinco días desde su notificación ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y 454.2 bis y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 25 euros en la cuenta 4153-0000-08-0168-17 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en “Banco Santander”.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

Y para que sirva de notificación a doña Gregoria Arias Arias, expido y firmo la presente en Madrid, a 22 de junio de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/24.848/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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