Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 236

Fecha del Boletín 
03-10-2018

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181003-52

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

OFERTAS DE EMPLEO

52
San Lorenzo de El Escorial. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

La Junta de Gobierno Local, por delegación de Alcaldía de fecha 9 de julio de 2015 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de agosto de 2015), en sesión celebrada el día 6 de septiembre de 2018, aprobó las siguientes bases:

BASES ESPECÍFICAS PARA LA PROVISIÓN, POR CONCURSO ESPECÍFICO DE MÉRITOS, DEL PUESTO DE CAPATAZ DE LA BRIGADA DE OBRAS Y SERVICIOS

1.a Constituye objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de concurso específico de méritos, del puesto de trabajo de Encargado-Capataz de la Brigada de Obras y Servicios del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, perteneciente al subgrupo C2, nivel de Complemento de Destino 18 y demás retribuciones complementarias según establece la relación de puestos de trabajo.

2.a Podrán concurrir a la convocatoria los funcionarios/as de carrera del subgrupo C2 de clasificación, de escalas pertenecientes a la Administración Especial, Personal de Oficios, del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 101 de la Ley 7/1985, reguladora de Bases de Régimen Local, que se encuentren en servicio activo y hayan permanecido dos años, al menos, en su actual puesto de trabajo definitivo, contados desde la toma de posesión hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

3.a El presente procedimiento será valorado por la Comisión de Valoración constituida al efecto de conformidad con lo establecido en el art. 46 del R.D. Legislativo 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado. Dicha Comisión estará constituida por un mínimo de cuatro miembros designados por la Sra. Alcaldesa, los cuales deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de Grupo de titulación igual o superior al exigido para el puesto convocados. Dicha Comisión propondrán al candidato que haya obtenido mayor puntuación.

4.a Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la Alcaldía Presidencia de este Ayuntamiento y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, debidamente cumplimentadas, durante el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo, las instancias podrán presentarse en la forma en que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A la instancia se acompañará:

— Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, pasaporte o carné de conducir.

— Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen, debiendo venir compulsada por el organismo expedidor o, en su defecto, contrastados y validados por este Ayuntamiento.

No serán tenidos en cuenta los méritos alegados y que no se hayan presentado en el plazo de presentación de instancias y en la forma anteriormente mencionada.

5.a Sistema de provisión:

Dado que se trata de un concurso específico, constará de dos fases:

— Primera fase: Valoración de méritos generales:

1.1. Posesión de un determinado grado personal consolidado.

1.2. Trabajo desarrollado.

1.3. Cursos de formación y perfeccionamiento.

1.4. Antigüedad.

Baremo:

1.1. Por la posesión de grado personal se valorará hasta un máximo de 3 puntos, conforme a la siguiente escala:

— Superior al puesto solicitado: 3.

— Igual al puesto solicitado: 2.

— Inferior al puesto solicitado: 1.

1.2. Valoración del trabajo desarrollado hasta un máximo de 4 puntos, según la siguiente escala:

Por estar desempeñando actualmente un puesto de trabajo de nivel:

— Superior al del puesto solicitado: 4.

— Igual al del puesto solicitado: 3.

— Inferior: 2.

1.3. Por haber realizado cursos de formación y perfeccionamiento organizados y/o impartidos por entidades oficiales o empresas privadas relacionadas con funciones propias de la especialidad (el tribunal será el encargado de entender si se ajustan, o no, a la especialidad):

— Por cursos o seminarios de duración hasta treinta horas: 0,10 por curso o seminario.

— Por curos o seminarios de duración entre treinta y una y sesenta horas: 0,20 puntos por curso o seminario.

— Por cursos o seminarios de duración entres sesenta y una y ciento veinte horas: 0,30 puntos por curso o seminario.

— Por cursos o seminarios de más de ciento veintiuna horas de duración: 0,40 puntos por curso o seminario.

Todo ello hasta un máximo de tres puntos.

1.4. Antigüedad: se valorará a razón de 0,10 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 5 puntos, computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de carrera.

En cualquier momento del procedimiento podrá solicitarse a los participantes cuantas aclaraciones se precisen respecto de la documentación aportada para justificar los méritos alegados.

— Segunda fase: comprobación y valoración de méritos específicos y realización de una memoria y una entrevista. (Máximo 10 puntos).

Méritos específicos:

— Haber desempeñado temporalmente sustituciones de puesto de superior categoría. (Hasta un máximo de 2,5 puntos, 0,20 puntos por mes).

— Tener conocimientos, y haber desempeñado diferentes oficios. (Hasta un máximo de 2,5 puntos, 0,20 puntos por mes).

La memoria consistirá en un análisis de las tareas del puesto y de los requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño, a juicio del candidato, con base en la descripción del puesto. La entrevista versará sobre los méritos específicos adecuados a las características del puesto y sobre la memoria. (Hasta un máximo de 5 puntos.)

Los requisitos y méritos que se invoquen deberán cumplirse por los interesados a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

6.a Adjudicación: el orden de prioridad para la adjudicación de la plaza vendrá dado por la puntuación total obtenida según el baremo del procedimiento.

7.a La convocatoria será resuelta por la Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación efectuada por la Alcaldesa (resolución núm. 1032 de 9 de julio de 2015, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 201 de 25 de agosto de 2015), previo informe motivado de la Concejalía de Urbanismo, Obras, Medio Ambiente y Urbanizaciones a favor de alguno de los/as candidatos/as de entre aquellos/as que aspiren al puesto de trabajo, en quien deberán concurrir las condiciones generales señaladas en las características del puesto, valorando la experiencia profesional y la formación acreditada.

8.a Esta convocatoria y su resolución se publicará en los boletines oficiales correspondientes, pudiendo ser declarada desierta si ninguno de los candidatos alcanzase el nivel suficiente para el puesto, a juicio del órgano competente.

En San Lorenzo de El Escorial, a 18 de septiembre de 2018.—La alcaldesa-presidenta, Blanca Juárez Lorca.

(03/30.375/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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