Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 238

Fecha del Boletín 
05-10-2018

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181005-30

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Cultura y Deportes

30
Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Cultura y Deportes. Extracto convocatoria subvenciones

BDNS (Identif.): 417798

Extracto del decreto de 27 de septiembre de 2018, de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, por el que se aprueba la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva destinada a salas de pequeño formato de actividad escénica 2018-2019, aprobando las correspondientes bases.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:// www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.

— Podrán optar a la presente convocatoria las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, así como las entidades culturales sin ánimo de lucro, que gestionen salas de pequeño formato de actividad cultural escénica en el término municipal de Madrid.

— Las entidades solicitantes deberán ostentar la titularidad de la gestión de la sala, en régimen de propiedad, arrendamiento, cesión o cualquier otro título jurídico que acredite y garantice la gestión y explotación del local.

— No podrán acceder a las subvenciones previstas en la presente convocatoria las entidades privadas adjudicatarias de la gestión de servicios en espacios de titularidad pública.

— No se admitirán solicitudes de entidades en las que la participación mayoritaria en su capital social, patrimonio fundacional o en sus órganos de gobierno, administración o dirección corresponda a cualquier Administración pública, entidad del sector público, financiera o de crédito.

— Las subvenciones previstas en la presente convocatoria serán incompatibles con aquellas otras subvenciones del Área de Gobierno de Cultura y Deportes del Ayuntamiento de Madrid para la realización del mismo proyecto, ya sea en su totalidad o en partes diferenciadas.

Segundo. Objeto.—Es objeto de la presente convocatoria la promoción de las artes escénicas a través de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a salas de pequeño formato de actividad cultural escénica.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, modificada por acuerdo de 31 de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es.

Cuarto. Cuantía.—La cuantía de la convocatoria asciende a 1.630.000 euros, correspondiendo 815.000 euros para el ejercicio 2018 y 815.000 euros para el ejercicio 2019.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—A los efectos de la presente convocatoria, se entiende por salas de pequeño formato de actividad cultural escénica aquellos recintos de aforo inferior o igual a 250 localidades, con un proyecto de programación estable y fundamentalmente dedicado a la exhibición de artes escénicas, sin perjuicio de su apertura a otras actividades complementarias y manifestaciones artísticas.

Séptimo. Publicación.—Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, publicándose el texto integro de la misma en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

Madrid, a 2 de octubre de 2018.—La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, María Teresa Jiménez Ortiz.

(03/31.901/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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