Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
08-10-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181008-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 13

139
Málaga número 13. Ejecución 139 de 2017, notificación a Sial Servicios Auxiliares, S. L.

EDICTO

Doña Clara López Calvo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 13 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 139 de 2017, a instancias de la parte actora, Francisco Barrionuevo Puerta, contra “Sial Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos no judiciales, se ha dictado, en el día de la fecha, decreto del siguiente tenor literal:

Decreto número 392 de 2018

En Málaga, a 3 de septiembre de 2018.—Doña Clara López Calvo, letrada de la Administración de Justicia.

El anterior escrito presentado por el letrado de la parte ejecutante, únase a los autos de su razón.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

a) Declarar al ejecutado “Sial Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, CIF: B-4537189, en situación de insolvencia parcial por importe de 18.262,30 euros en concepto de principal, a favor de Francisco Barrionuevo Puerta, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. Una vez firme la presente resolución, líbrese mandamiento por duplicado al registro correspondiente para que se haga constar la declaración de insolvencia.

b) Archivar las actuaciones, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución a la parte ejecutante y Fondo de Garantía Salarial y, al ejecutado, mediante edicto, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en el número 4.976, debiendo indicar en el campo “Concepto”, la indicación recurso seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

La letrada de la Administraciónd de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado, “Sial Servicios Auxiliaes, Sociedad Limitada”, actualmente en ignorado paradero, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revistir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 3 de septiembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/30.030/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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