Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
09-10-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181009-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

86
Madrid número 3. Ejecución 80 de 2018, notificación a Management Integral Urbano, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 80 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Bayona Muñoz y don José Antonio Bayona Muñoz, frente a “Management Integral Urbano, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 6 de septiembre de 2018.

[...]

Parte dispositiva:

Se declara la extinción de la relación laboral que unía a don José Antonio Bayona Muñoz y a la entidad mercantil “Management Integral Urbano, Sociedad Limitada”, a fecha de la presente resolución, 6 de septiembre de 2018, condenando a la misma al abono de la suma de 9.021,10 euros, en concepto de indemnización, así como la suma de 23.518,80 euros por los salarios de tramitación.

De otra parte, procede condenar a la demandada a que satisfaga a la actora la cantidad de 2.069,74 euros en concepto de salarios adeudados.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella podrá interponerse recurso de suplicación en el plazo de cinco días, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a contar desde su notificación y conforme a los artículos 188 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, pasados los cuales quedará firme en derecho.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Management Integral Urbano, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 7 de septiembre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/30.415/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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