Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 243

Fecha del Boletín 
11-10-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181011-104

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

104
Madrid número 15. Procedimiento 109 de 2018, notificación a Félix Malagón Trillo

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 109 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Vilma Lisseth Suárez Yanez, frente a don Félix Malagón Trillo, don Alfonso Navarro López y “Grupo Silover, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid, a 30 de mayo de 2018.

Por presentado el anterior escrito de la parte actora, únase a los autos de su razón. A la vista de su contenido, se tiene por ampliada la demanda contra don Alfonso Navarro López, a la que, con traslado de copia de la demanda, se citará para el acto de la vista señalado para la audiencia del día 18 de diciembre de 2018, a las nueve treinta y cinco horas, con advertencia de que habrá de concurrir con los medios de prueba de que intente valerse.

Notifíquese esta resolución a las partes, con traslado a todos los demandados de copia del escrito de ampliación.

Se tiene al letrado don Vicente Gil Mira por personado y parte en las actuaciones, en la representación y defensa que ostenta, y con quien se entenderán las sucesivas diligencias en el modo y forma que la Ley establece.

Cítese a la demandada “Grupo Silover, Sociedad Limitada” en el domicilio que facilita la parte actora.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado; no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

En Madrid, a 14 de junio de 2018.

Presentado el anterior escrito por el letrado don Vicente Gil Mira, en nombre de doña Vilma Lisseth Suárez Yanez, únase a los autos de su razón; se tienen por hechas las alegaciones contenidas en el mismo y visto que, efectivamente, la parte que interpone recurso de reposición es un trabajador exento de consignar depósito, por razones de economía procesal, no ha lugar a tramitar el recurso formulado en dicho escrito y quede sin efecto la Diligencia de Ordenación de fecha 8 de junio de 2018.

A la vista de lo anterior, se tiene por interpuesto recurso de reposición por doña Vilma Lisseth Suárez Yanez, contra la resolución de fecha 16 de mayo de 2018. Dese traslado de copia de lo presentado a la/s otra/s parte/s para que en el plazo de tres días lo impugnen si así les conviene, con apercibimiento, en caso de dejar transcurrir dicho plazo sin verificarlo, de darse por precluido dicho trámite, quedando los autos para resolver (artículo 187.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado; no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El letrado de la Administración de Justicia.

Dispongo: estimar parcialmente el recurso formulado.

Se tiene por ampliada la demanda frente a la herencia yacente de don Ceferino Bermejo Sebastián, que se citará como parte demandada, para el acto de la vista señalada para el día 18 de diciembre de 2018, a las nueve treinta y cinco horas.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—El ilustrísimo señor magistrado-juez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Félix Malagón Trillo, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento, o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 21 de septiembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.573/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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