Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
16-10-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181016-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

110
Madrid número 14. Procedimiento 190 de 2018, notificación a Termiproyect, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 190 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mario Sabando Tordesillas, frente a “Termiproyect, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y “Oproler Obras y Proyectos, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Acuerdo que ha lugar a la aclaración de la sentencia en los términos solicitados en cuanto a la reclamación de cantidad, el fallo queda del siguiente tenor literal:

“(...) Estimando la demanda de despido a instancias de Mario Sabando Tordesillas, frente a “Termiproyect, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes, condenando a la empresa demandada, “Termiproyect, Sociedad Limitada”, a abonar al actor, en concepto de indemnización, la cantidad de 225,39 euros, y los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la presente resolución.

Estimando la reclamación de cantidad acumulada, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 1.856,85 euros más el 10 por 100 de interés por mora (...)”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Termiproyect, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento, o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 17 de septiembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.172/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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