Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
16-10-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181016-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83

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Madrid número 83. Procedimiento 1.235 de 2013, notificación a Víctor Hugo Otalvora López y otros

EDICTO

Doña María Soravilla García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 83 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.235 de 2013, instados por el procurador don Joaquín de Diego Quevedo, en nombre y representación de “Santander Consumer EFC, Sociedad Anónima”, contra don Víctor Hugo Otalvora López y doña Dilia Milena Díaz Atehortúa, en los que se ha dictado en fecha 30 de enero de 2018 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 58 de 2018

El magistrado-juez don David Rodríguez Fernández-Yepes.—En Madrid, a 30 de enero de 2018.

Que en este Juzgado han sido vistos los autos de juicio ordinario número 1.235 de 2013 por don David Rodríguez Fernández-Yepes, ilustrísimo señor magistrado del Juzgado de primera instancia número 83 de Madrid, actuando como demandante, “IDR Finance Ireland”, representada por el señor procurador don Joaquín de Diego Quevedo y defendida por el señor letrado don David Fernández Parras, y como demandados, doña Dilia Milena Díaz Atehortúa y don Víctor Hugo Otalvora López, sin representación ni defensa técnica.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la representación de “IRD Finance Ireland”, contra doña Dilia Milena Díaz Atehortúa y don Víctor Hugo Otalvora López, debo declarar y declaro haber lugar a:

a) Condenar a los demandados a pagar a la actora la cantidad de 21.455,72 euros.

b) Condenar a los demandados a pagar a la actora los intereses pactados de la anterior cantidad.

c) Imponer a los demandados el pago de las costas procesales ocasionadas a la demandante.

Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo, haciendo saber a las partes que contra ella cabe recurso de apelación que podrá interponerse en este mismo Juzgado en el plazo de veinte días desde el siguiente a su notificación, siendo necesario depósito por valor de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.—El magistrado-juez.

Publicación

En la fecha 30 de enero de 2017, fue leída y publicada la anterior resolución por el ilustrísimo señor magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados don Víctor Hugo Otalvora López y doña Dilia Milena Díaz Atehortúa, y de acuerdo con lo dispuesto e el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 30 de enero de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/31.853/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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