Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
18-10-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181018-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

127
Madrid número 37. Procedimiento 336 de 2018, notificación a Soluciones Arquitectónicas y Constructivas para Obra Nueva

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA TERESA ESTRADA BARRANCO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 336/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION frente a SOLUCIONES ARQUITECTONICAS Y CONSTRUCTIVAS PARA OBRA NUEVA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Que ESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN frente a la empresa SOLUCIONES ARQUITECTONICAS Y CONSTRUCTIVAS OBRA NUEVA, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 770,70 euros, cantidad en la que se incluye el 20% de recargo por mora en el pago.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SOLUCIONES ARQUITECTONICAS Y CONSTRUCTIVAS PARA OBRA NUEVA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de septiembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/31.056/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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