Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
19-10-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181019-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

104
Madrid número 7. Procedimiento 572 de 2017, notificación a Proyectos e Instalaciones Mansertec, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA BELEN GOMEZ RODRIGUEZ LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 07 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 572/2017 de este juzgado de lo Social, seguido frente a PROYECTOS E INSTALACIONES MANSERTEC SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado SENTENCIA de fecha 26.09.18.

Este edicto se dicta en cumplimiento de la Instrucción 6/2012, de la secretaría General de Administración de Justicia, haciéndose saber a los interesados que la citada resolución está a su disposición en la Secretaria de este juzgado.

“Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso; y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 EUROS, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el Banco Santander, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PROYECTOS E INSTALACIONES MANSERTEC SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintisiete de septiembre de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/31.219/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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