Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
19-10-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181019-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7

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Madrid número 7. Procedimiento 322 de 2017, notificación a Miguel Ángel Rubio García y otros

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario entre “Recreativos Pozuelo, Sociedad Limitada”, y don Miguel Ángel Rubio García y “Rubio Horeca, Sociedad Limitada”, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 162 de 2018

Magistrado-juez don Lorenzo Valero Baquedano.—Madrid, a 15 de junio de 2018.

Fallo

Que estimando la demanda de juicio ordinario interpuesta por el procurador don Ignacio Argos Linares, en nombre y representación de la entidad “Recreativos Pozuelo, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a los demandados, “Rubio Horeca, Sociedad Limitada”, y don Miguel Ángel Rubio García, a que abonen en forma solidaria a la parte actora la cantidad de 3.959,50 euros, en concepto del préstamo dejado de amortizar, y la cantidad de 4.359 euros, en concepto de devolución del precio de exclusiva recibido, con más intereses legales de dichas sumas desde la fecha de interposición judicial de la demanda e imposición de las costas procesales causadas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 2435-0000-04-0322-17 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 7 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2435-0000-04-0322-17.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

Y para que sirva de notificación a don Miguel Ángel Rubio García y “Rubio Horeca, Sociedad Limitada Unipersonal”, expido y firmo la presente en Madrid, a 28 de junio de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia.

(02/23.637/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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