Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
22-10-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181022-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

103
Madrid número 4. Ejecución 94 de 2018, notificación a AG Alcobendas 2015, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 94 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gloria Jiménez Romero, frente a “AG Alcobendas 2015, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución: auto de extinción de la relación laboral.

Auto

En Madrid, a 18 de septiembre de 2018.

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Gloria Jiménez Romero con la empresa “AG Alcobendas 2015, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquella la cantidad de 9.677,04 euros en concepto de indemnización, y la cantidad de 13.346,43 euros en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2502-0000-64-0094-18.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—La ilustrísima señora magistrada-juez, María Valvanuz Peña García.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “AG Alcobendas 2015, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la Oficina Judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento, o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 19 de septiembre de 2018.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.558/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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