Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
22-10-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181022-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

124
Madrid número 13. Procedimiento 336 de 2018, notificación a La Norteña Sidrería Cervecería, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 336 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa González Martínez, frente a “La Norteña Sidrería Cervecería, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 29 de junio de 2018.

Parte dispositiva:

Se acuerda declarar la falta de competencia de este órgano judicial para conocer la demanda formulada por doña Rosa González Martínez, contra “La Norteña Sidrería Cervecería, Sociedad Limitada”, absteniéndome de conocer sobre ella y advirtiendo a la demandante que podrá hacer uso de su derecho ante los Juzgados de lo social de Móstoles.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2511-0000-00-0336-18.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma la señora juez en sustitución, María Sánchez Rivero.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “La Norteña Sidrería Cervecería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 24 de septiembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.262/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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