Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
22-10-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181022-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 6

79
Leganés número 6. Procedimiento 618 de 2016, notificación a Pablo Maruenda López

EDICTO

Doña Rocío Belén Martín Alcalde García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6 de Leganés.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, divorcio contencioso número 618 de 2016, instados por el procurador don Alfonso Solbes Montero de Espinosa, en nombre y representación de doña María del Carmen Gay González, contra don Pablo Maruenda López, en los que se ha dictado el 24 de mayo de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Alfonso Solbes Montero de Espinosa, en nombre y representación de doña María del Carmen Gay González, frente a don Pablo Maruenda López, decreto la disolución por causa de divorcio del matrimonio formado por doña María del Carmen Gay González y don Pablo Maruenda López, con todos los efectos legales inherentes al mismo.

No procede imposición de costas para alguna de las partes.

Notifíquese la presente resolución a todas las partes.

Líbrese testimonio al Registro Civil donde consta inscrito el matrimonio a los efectos pertinentes.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

El recurso se interpondrá por escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente a la notificación de la presente resolución, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Asimismo, y de conformidad con lo preceptuado en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, conforme a la reforma operada por Ley 1/2009, de 3 de noviembre, se hace saber a la parte que debe interponer recurso de apelación contra esta sentencia, que para ello deberá constituir un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado con el número IBAN ES55-00493569920005001274, concepto 2395-0000-39-0618-16, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, salvo la concurrencia de los supuestos de exclusión previstos por la misma (ministerio fiscal, Estado, Comunidades Autónomas) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

Y para que sirva de notificación a don Pablo Maruenda López se expide el presente.

En Leganés, a 10 de septiembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/31.785/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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