Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
24-10-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181024-123

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÓRDOBA NÚMERO 3

123
Córdoba número 3. Procedimiento 934 de 2017, notificación a Crio-Cord, S. L., y otros

EDICTO

D/Dª OLGA RODRÍGUEZ CASTILLO, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CORDOBA

En los Autos número 934/2017, a instancia de RAUL FLORES LOZANO contra CRIO-CORD S.L., GENOMA SPAIN S.A., HENDRIK HARKVOORT, CRYO-SAVE AG, GRUPO DE EMPRESAS ESPERITE NV, GENOMA S.A. y FOGASA, en la que se ha dictado Sentencia cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:

F A L L O:

Que, estimando la demanda formulada por Don RAÚL FLORES LOZANO contra la empresa CRIO CORD SL, GENOMA SPAIN SA, GENOMA SA, CRYO-SAVE AG, GRUPO DE EMPRESAS ESPERITE NV, debo de declarar y declaro resuelto a fecha 11/12/17 el contrato de trabajo que hasta ahora les unían, condenado a las empresas demandadas a que abonen solidariamente al trabajador demandante la indemnización de SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE EUROS CON ONCE CÉNTIMOS (7.199,11 euros.) y la cantidad de CATORCE MIL OCHOCIENTOS ONCE EUROS CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS (14.811,81 euros) por retribuciones debidas y reclamadas en demanda con más 1.360,17 euros en concepto de intereses de mora, con más las costas en los términos del FD. 8º de esta Sentencia.

Igualmente procede sobreseer por desistimiento la demanda frente a HENDRIK HARKVOORT.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de CINCO DIAS hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá de consignar el importe de la condena en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad B. Santander, (con nº ES55 0049 3569 9200 0500 1274), y concepto 1446 0000 65 093417 y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 300 euros en concepto de depósito.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a CRIO-CORD S.L., GENOMA SPAIN S.A., CRYO-SAVE AG, GRUPO DE EMPRESAS ESPERITE NV y GENOMA S.A., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto.

Dado en CORDOBA, a dos de octubre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/31.896/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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