Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
24-10-2018

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181024-17

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Alcaldía

17
Madrid. Organización y funcionamiento. Alcaldía. Delegación competencias

Decreto de 3 de octubre de 2018, de la alcaldesa, por el que se modifica el decreto de 28 de octubre de 2015, de delegación y desconcentración de competencias.

Mediante el decreto de 13 de junio de 2015 de la alcaldesa, se estableció el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.3.h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid (en adelante, LCREM).

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid es el órgano ejecutivo de dirección política y administrativa que está presidido por la alcaldesa, conforme lo dispuesto en el artículo 16 LCREM, y al que le corresponden las atribuciones establecidas en el artículo 17 LCREM, así como aquellas otras que se le puedan asignar por delegación o desconcentración de la alcaldesa.

Por su parte, mediante el decreto de 28 de octubre de 2015 de la alcaldesa, se delegaron y desconcentraron determinadas competencias de la Alcaldía en la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, con el fin de facilitar el funcionamiento y la óptima realización de las políticas municipales.

Con fecha 9 de marzo de 2018 entró en vigor la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

El presente decreto tiene por objeto modificar el mencionado decreto de 28 de octubre de 2015, con el fin de actualizar las referencias a la normativa contractual, eliminando así aquellas que se realizan a la legislación anterior a la citada Ley.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.4 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 11 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, dispongo:

Artículo único. Modificación del decreto de 28 de octubre de 2015 de la alcaldesa.—Modificar el apartado 3.4 del artículo 2.o, relativo a las “Competencias desconcentradas”, que queda redactado en los siguientes términos:

“3.4. Enviar a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid la documentación exigida en la legislación de contratos del sector público”.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Entrada en vigor

El presente decreto surtirá efectos desde el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Comunicación al Pleno

Del presente decreto se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

Madrid, a 3 de octubre de 2018.—La alcaldesa, Manuela Carmena Castrillo.

(03/32.838/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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