Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
24-10-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181024-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

69
Madrid número 11. Ejecución 90 de 2017, notificación a Cristian García Rubio

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ENCARNACION GUTIERREZ GUÍO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 90/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RAUL FERNANDEZ PEREZAGUA frente a D./Dña. CRISTIAN GARCIA RUBIO sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA (DECRETO DE 14/09/2018)

Se aprueba la tasación de costas a favor del letrado DON MIGUEL ANGEL DIEZ MARTINEZ por importe de 400 euros a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición la tasación de costas practicada, por importe de 400 euros a favor del letrado de la parte ejecutante DON MIGUEL ANGEL DIEZ MARTINEZ librándose a tal efecto el correspondiente mandamiento de pago a su favor una vez firme la presente resolución.

Devuélvase a la ejecutada la cantidad 231,47 euros en concepto de sobrante a favor de la parte ejecutada DON CRISTIAN GARCIA RUBIO, librándose al efecto el correspondiente mandamiento de pago.

Los citados mandamientos habrán de ser retirados en la secretaría de este juzgado transcurridos DIEZ DIAS HABILES una vez firme la presente resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes y verificado el cobro de cantidades procédase al archivo de las actuaciones.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. CRISTIAN GARCIA RUBIO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dos de octubre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/31.844/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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