Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
25-10-2018

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181025-21

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

21
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de acuerdo de la Junta de Gobierno Local (19 de octubre de 2018. Pto. 10). Convocatoria de subvenciones para el fomento del uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información, comunicación en centros de educación Secundaria Obligatoria (IES), Centros de Educación Infantil y Primaria (CEIPS), Centros de Educación Especial (CEES), Centros de Educación Infantil, Primaria y Secundaria (CEIPSOS), Escuelas Infantiles (EI), Casas de Niños (CN), Escuela Oficial de Idiomas (EOI), Escuela de Adultos (EPA “Paulo Freire”) de Fuenlabrada. FUENTIC-2018.

BDNS: 420348

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero.—Se consideran beneficiarios de estas subvenciones los siguientes centros educativos del municipio y con los siguientes importes máximos de subvención:

Segundo.—El objetivo de estas ayudas es potenciar el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones entre niños y jóvenes.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto.—El Ayuntamiento de Fuenlabrada destinará para ello una aportación económica de 126.500,00 euros, con un importe máximo establecido en función de la naturaleza del centro educativo.

Quinto.—El plazo de presentación de solicitudes se iniciará con la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, finalizando quince días hábiles después.

Sexto.—El importe concedido está destinado al suministro de equipamiento TIC, considerando este:

a) Equipos físicos (“hardware”): ordenadores de puesto, portátiles, tablet, periféricos (pantallas, escáner, impresoras, ratones, digitalizadores, altavoces, grabadoras), multimedia (proyectores y pizarras digitales).

b) Equipos lógicos: aplicaciones informáticas, sistemas operativos.

c) Instalación, ampliación o mejora del acceso a internet de banda ancha ya existente en el centro.

Pago: el pago se realizará de manera anticipada, una vez resuelta la concesión definitiva.

Justificación: se realizará antes del 31 de marzo de 2019.

En Fuenlabrada, a 22 de octubre de 2018.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/34.361/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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