Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
26-10-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181026-181

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

181
Madrid número 40. Procedimiento 91 de 2018, notificación a Desarrollo y Mediación Comercial, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 91 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Teresa López Sánchez-Cabezudo y doña Ana Isabel Blázquez Jiménez frente a “Desarrollo y Mediación Comercial, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia número 328 de 2018, de fecha 25 de septiembre de 2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por las demandantes contra la empresa “Desarrollo y Mediación Comercial, Sociedad Limitada”, y declaro improcedente el despido efectuado el 27 de noviembre de 2018, y no siendo posible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral que liga a las partes, condenando a la empresa “Desarrollo y Mediación Comercial, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por esta resolución y a abonar a la parte actora las cantidades que a continuación se desglosan en concepto de indemnización y salarios de tramitación.

Doña Ana Isabel Blázquez Jiménez.

Indemnización: 4.138,85 euros.

Salarios de tramitación: 9.670,04 euros.

Doña Teresa López Sánchez-Cabezudo:

Indemnización: 5.204,73 euros.

Salarios de tramitación: 10.784,42 euros.

Todo ello con la responsabilidad que en su caso corresponda al Fondo de Garantía Salarial dentro de los límites legales.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que, contra ella, podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito, en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banco Santander” (calle Princesa, número 3, primera planta, 28008 Madrid), a nombre de este Juzgado, con el número 4684-0000-65-expediente-año, indicando la persona o empresa que efectúa el ingreso, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta abierta en la misma entidad, con el número 4684-0000-69-número expediente-año, la cantidad objeto de la condena, siendo posible la transferencia del importe a la misma entidad o formalizar aval bancario por dicha cantidad, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Desarrollo y Mediación Comercial, Sociedad Limitada” en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 25 de septiembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/32.277/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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