Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
26-10-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181026-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARANJUEZ NÚMERO 2

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Aranjuez número 2. Procedimiento 141 de 2015, notificación a Carlos Alberto Ramírez Acevedo

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 141 de 2015, entre “FGA Capital Spain Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, y don Carlos Alberto Ramírez Acevedo, representado por el procurador don Carlos Guadalix Hidalgo, frente a don Carlos Alberto Ramírez Acevedo, en reclamación de 13.413,68 euros, en cuyos autos se ha dictado sentencia el 28 de septiembre de 2016, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimo en su integridad la demanda interpuesta por la representación procesal de la entidad “FGA Capital Spain Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, frente a la parte demandada don Carlos Alberto Ramírez Acevedo, y en consecuencia, condeno a la parte demandada don Carlos Alberto Ramírez Acevedo, a pagar a la parte actora “FGA Capital Spain Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, la cantidad de 13.413,68 euros, cuantía que devengará los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda y el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de la sentencia hasta la de su total cumplimiento, y se impone a la parte demandada don Carlos Alberto Ramírez Acevedo el pago de las costas causadas en esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes con indicación de que contra la misma, cabe recurso de apelación, que se deberá interponer por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de su notificación (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) del que entenderá la ilustrísima Audiencia Provincial, debiendo acreditar la consignación en la cuenta de este Juzgado conforme a la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, y sin el cual no se tendrá por interpuesto.

Así lo acuerda, manda y firma don Luis Rodríguez Casero, ilustrísimo señor juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Aranjuez (Madrid) y su partido judicial.—Doy fe.

Insértese la presente sentencia en el libro de las mismas y tráigase a los autos testimonio en forma.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado y para que sirva de notificación a don Carlos Alberto Ramírez Acevedo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente en Aranjuez, a 4 de diciembre de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/32.609/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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