Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
29-10-2018

Sección 1.3.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181029-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2018, del Director General de Administración Local, sobre la creación y clasificación del puesto de Tesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra.

Visto el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra, mediante escrito fecha 27 de julio de 2018 y NRE O000000653_18_0000571, remite documentación relativa a la clasificación del puesto de Tesorería, reservado a funcionarios de la Administración local con Habilitación de carácter Nacional, por parte de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 14, 26 y la disposición transitoria sexta, del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Con fecha 2 de agosto de 2018 y NRS O00000949_18_0005567 se requiere documentación al Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra para continuar con la tramitación del expediente. Con fecha 17 de agosto se contesta al requerimiento, si bien la documentación no es correcta, comunicando la Dirección General de Administración Local nuevo requerimiento. Con fecha 28 de septiembre de 2018, el Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra, remite la documentación complementaria para la tramitación del expediente.

Visto que en el expediente que se ha remitido consta certificado de Secretaría del acuerdo de Pleno de fecha 28 de septiembre de 2018, relativo a la solicitud a la Dirección General de Administración Local de clasificación del puesto de Tesorería; Certificado de Secretaría de fecha 26 de julio de 2018, en el que se hace constar que el Presupuesto General de 2018 se ha aprobado definitivamente y en el anexo de personal se ha incluido el puesto de Tesorería, como reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Grupo A1, CD 26 y CE/ anual 10.000 euros.

Visto que el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, dispone que son funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones Locales, cuya responsabilidad Administrativa está reservada a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional: a) La de Secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo. b) El control y la fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación. No obstante, en los municipios de gran población se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Título X de dicha Ley y en los municipios de Madrid y de Barcelona la regulación contenida en las Leyes 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y 1/2006, de 13 de marzo, por la que se regula el Régimen Especial del municipio de Barcelona respectivamente.

Visto que el artículo 14 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, establece que “en las corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada en primera o segunda existirá un puesto de trabajo denominado Tesorería”. El artículo 26 del RD 128/2018, de 16 de marzo, “corresponde a los Interventores-Tesoreros, cualquiera que sea su categoría, el desempeño de los puestos de trabajo que tengan asignadas las funciones de tesorería, cuando se trate de Corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada en clase primera o segunda”.

Visto que la disposición transitoria sexta del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, establece que “las Corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada en clase segunda, y el puesto de Tesorería no esté reservada a la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional a la entrada en vigor de este real decreto, deberán modificar su relación de puestos de trabajo y solicitar a la Comunidad Autónoma correspondiente la clasificación del puesto como reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Intervención-Tesorería, para su inclusión en los procedimientos de provisión ordinarios de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional”.

Visto que en relación con el expediente de clasificación del puesto de Tesorería del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra se debe concluir que la competencia para la creación del puesto corresponde al propio Ayuntamiento, mientras que la clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Visto el informe emitido por el Área de Régimen Jurídico Local e Innovación Tecnológica, favorable a la creación y clasificación del puesto de Tesorería del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra.

Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 58/2018, de 21 de mayo; Decreto 59/2018, de 24 de mayo, y Decreto 87/2018, de 12 de junio.

HE RESUELTO

1. Clasificar el puesto de Tesorería del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Intervención-Tesorería.

2. El sistema de provisión del puesto será el concurso de méritos.

3. Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Política Territorial y Función Pública a los efectos que sean procedentes.

4. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Presidencia o ante el Director General de Administración Local en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 10 de octubre de 2018.—El Director General de Administración Local, Juan Ignacio Merino de Mesa.

(03/33.480/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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