Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
29-10-2018

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181029-38

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

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Alcobendas. Urbanismo. Desafectación subsuelo

La Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el 9 de octubre de 2018, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«El 19 de febrero de 2013, la Junta de Gobierno Local de esta Corporación acordó proceder a la inmatriculación de la finca de la calle Marqués de la Valdavia, propiedad del Ayuntamiento de Alcobendas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 de la Ley Hipotecaria, así como, una vez inmatriculada dicha finca, proceder a la inscripción registral de la declaración de obra nueva terminada de la unidad edificatoria situada en la misma. En cumplimiento de lo acordado, se han realizado las inscripciones registrales mencionadas e igualmente ha quedado resuelta la concesión administrativa con la comunidad de usuarios del referido “PAR Marqués de la Valdavia I”, mediante acuerdo de esa Junta de Gobierno Local del pasado 26 de junio de 2018, por lo que cabe iniciar el procedimiento de desafectación del subsuelo, que constituye el paso siguiente en el íter procedimental para la constitución del complejo inmobiliario que permita la posterior venta de las plazas de garaje del aparcamiento subterráneo citado.

La alteración de la calificación jurídica de los bienes es una declaración de voluntad administrativa formalizada a través de un expediente en el que se acredita la oportunidad y legalidad del cambio de afectación. En cuanto a la legalidad de la desafectación que se tramita, hay que reiterar que su finalidad es la creación, al amparo de la actual regulación de la materia, de un complejo inmobiliario para la posterior venta de las plazas de garaje que se construyan en el subsuelo. La viabilidad de la constitución de la figura jurídico-registral del complejo inmobiliario sobre la unidad edificatoria que se encuentra en la calle Marqués de la Valdavia del término municipal de Alcobendas se justifica en la regulación actual de esta figura y en las resoluciones administrativas y judiciales que han ido perfilando las condiciones de su utilización para los fines que aquí se pretenden, como se detalla en el Informe jurídico que obra en el expediente y al que es procedente remitirse en este punto.

En cuanto a la oportunidad de la desafectación del subsuelo, recordar que es voluntad del equipo de gobierno de este Ayuntamiento poner a disposición de los vecinos plazas de aparcamiento en propiedad, especialmente en la zona centro del municipio, en la que existe un gran número de edificios sin garaje y un déficit de aparcamiento en superficie. Esta decisión municipal de facilitar el acceso de los vecinos a plazas en propiedad se concretó en el denominado Plan Integral de Transformación del Régimen de los Aparcamientos Subterráneos en Régimen de Concesión Administrativa (PITRAS) aprobado mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 3 de noviembre de 2009.

Por lo anterior, atendiendo el informe emitido por los Servicios Jurídicos de esta Corporación, en el marco de lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de Bases de Régimen Local, el artículo 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, y en ejercicio de la competencia atribuida por la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, esta Junta de Gobierno Local, acuerda:

I. Crear una nueva finca independiente, con la naturaleza jurídica de bien patrimonial, en el subsuelo de la calle Marqués de la Valdavia que se segrega de su rasante, con las siguientes características:

Espacio subterráneo bajo la rasante de la calle Marqués de la Valdavia de naturaleza demanial, con una extensión superficial de 6.274,71 metros cuadrados, que cuenta con un forjado reticular que separa dicho espacio de la rasante de la finca de 45 centímetros.

Linda:

Al norte, en idéntica colindancia en la proyección vertical desde la rasante al subsuelo, esto es, con acerado y edificaciones que discurren desde el número 76 hasta el número 84 de la calle Marqués de la Valdavia, así como calle Gobernador y calle Manuel Gómez Oria.

Al sur, en idéntica colindancia en la proyección vertical desde la rasante al subsuelo, esto es, calzada y edificación que discurren desde el número 75 hasta el número 55 de la calle Marqués de la Valdavia, así como calle Velarde.

Al este, en idéntica colindancia en la proyección vertical desde la rasante al subsuelo, esto es, con calzada de la calle Marqués de la Valdavia.

Al oeste, en idéntica colindancia en la proyección vertical desde la rasante al subsuelo, esto es, con acerado y calzada de la calle Marqués de la Valdavia.

La edificación bajo rasante cuenta con tres plantas sótano, denominadas respectivamente como sótano primero, sótano segundo, y sótano tercero.

El sótano primero tiene una superficie construida de 2.091,57 m2e y cuenta con 44 plazas de aparcamiento de tamaño 2,55x5 m, 18 plazas de aparcamiento de tamaño 2,20x5 m, 7 plazas de aparcamiento de tamaño 2,40x5 m, 3 plazas de aparcamiento de tamaño 2,75x5 m, 1 plaza de aparcamiento de tamaño 2,35x5,70 m, 1 plaza de aparcamiento de tamaño 2,20x5,70 m, 1 plaza de aparcamiento de tamaño 2,38x5,70 m, 1 plaza de aparcamiento de tamaño 2,65x5,65 m y 4 plazas de aparcamiento para motocicletas.

El sótano segundo tiene una superficie construida de 2.091,57m2e y cuenta con 47 plazas de aparcamiento de tamaño 2,55x5,00 m, 18 plazas de aparcamiento de tamaño 2,20x5 m, 8 plazas de aparcamiento de tamaño 2,40x5 m, 3 plazas de aparcamiento de tamaño 2,75x5 m, 1 plaza de aparcamiento de tamaño 2,20x3,50 m, 1 plaza de aparcamiento de tamaño 2,40x5,70 m, 1 plaza de aparcamiento de tamaño 2,45x5,70 m, y 6 plazas de aparcamiento para motocicletas.

El sótano tercero tiene una superficie construida de 2.091,57m2e y cuenta 41 plazas de aparcamiento de tamaño 2,55x5 m, 17 plazas de aparcamiento de tamaño 2,20x5 m, 8 plazas de aparcamiento de tamaño 2,40x5 m, 3 plazas de aparcamiento de tamaño 2,75x5 m, 5 plazas de aparcamiento de tamaño 2,55x8,50 m, 2 plazas de aparcamiento de tamaño 2,20x8,50 m, 1 plaza de aparcamiento de tamaño 2,57x8,50 m, 1 plaza de aparcamiento de tamaño 2,57x8,60 m, 1 plaza de aparcamiento de tamaño con ancho variable y largo 8,60 m, 2 plazas de aparcamiento de tamaño 2,55x8,60 m, 1 plaza de aparcamiento de tamaño 2,50x5,70 m, 1 plaza de aparcamiento de tamaño 2,40x5,70 m, 1 plaza de aparcamiento de tamaño 2,50x5,36 m y 2 plazas de aparcamiento para motocicletas.

El total del conjunto edificatorio tiene, por tanto, 240 plazas de aparcamiento de automóviles de distintos tamaños y 12 plazas de aparcamiento para motocicletas.

Datos catastrales: se corresponde con la parcela con número de referencia catastral 5786714VK4858n0001PU sita en la calle Marqués de la Valdavia, número 74, del Catastro Urbano de Alcobendas (Madrid).

Valor: 1.241.856,39 euros.

II. Iniciar los trámites de desafectación de la nueva parcela de subsuelo de la calle Marqués de la Valdavia referida en el presente acuerdo y por razón del destino a que la misma se vincula, pasando los terrenos del subsuelo a calificarse como bienes patrimoniales de esta Corporación y manteniendo el uso público del suelo compatible con el uso privado del aparcamiento en el subsuelo.

III. Someter el expediente a información pública por plazo de un mes, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia, a los efectos previstos en el artículo 81.1) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

De no realizarse alegación alguna durante el citado período de información pública, se entenderá aprobada definitivamente la alteración de la calificación jurídica de los bienes.

IV. Solicitar del Registro de la Propiedad la inscripción del subsuelo desafectado como finca independiente, así como realizar las modificaciones oportunas en el Inventario de Bienes y Derechos Municipales, dando así por recibida la nueva finca desafectada a los efectos previstos en el apartado 3 del artículo 8 del citado Reglamento de Bienes.

V. Facultar al alcalde-presidente de la Corporación, o a quien legalmente le sustituya, para que suscriba cuantos documentos sean necesarios, en su caso, para hacer efectivo el presente acuerdo, y, en concreto, la certificación administrativa que servirá de título formal para la inscripción en el registro, así como para aclarar, complementar y subsanar los defectos documentales que, en su caso, se deriven de la calificación registral.

VI. Dar traslado de la presente Resolución a la Oficina de Catastro e IBI del Ayuntamiento de Alcobendas y al Inventario Municipal a los efectos oportunos.»

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles, durante el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Patrimonio (tercera planta), como, asimismo, formular escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos.

Alcobendas, a 10 de octubre de 2018.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(03/33.434/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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