Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
30-10-2018

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181030-28

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

28
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Proyecto reparcelación

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 4 de octubre de 2018, y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2017/6.720, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

Primero.—Resolver las alegaciones formuladas durante el trámite de información pública al proyecto de reparcelación correspondiente a la Unidad de Ejecución número 7 “Santa Teresa Jornet”, del Área de Planeamiento Específico 11.08 “Casco Histórico de Carabanchel Alto”, en los términos del informe emitido por la Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística de 7 de septiembre de 2018.

Segundo.—Aprobar el proyecto de reparcelación correspondiente a la Unidad de Ejecución número 7 “Santa Teresa Jornet” del Área de Planeamiento Específico 11.08 “Casco Histórico de Carabanchel Alto”, a gestionar mediante el sistema de cooperación, presentado por la Asociación Administrativa de Cooperación “Santa Teresa Jornet”, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 186 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, incorporando al referido proyecto las rectificaciones que proceden como consecuencia de la estimación de las alegaciones formuladas, de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Reglamento.

Tercero.—Notificar el presente Acuerdo a todos los propietarios e interesados y publicarlo en el “Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid”, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en un periódico de difusión corriente, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Lo que se publica para general conocimiento, significando que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado, según lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 16 de octubre de 2018.—La secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.

(01/33.662/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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