Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
30-10-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181030-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

67
Madrid número 1. Ejecución 46 de 2017, notificación a Iwatani, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Rodríguez Vozmediano, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 46 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Ruiz Luque, frente a “Iwatani, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos no judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Liquidación de intereses legales

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 269 de la Ley de la Jurisdicción Social, y 576 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, aplicable supletoriamente en este orden jurisdiccional, se practica la siguiente liquidación de intereses legales devengados en la presente ejecución:

Ejecutante, don Ángel Ruiz Luque.

Importe de la condena: 553 euros.

Período del 9 de diciembre de 2016 al 21 de mayo de 2018, al 5 por 100.

Importan los intereses legales 38,61 euros.

En Madrid, a 31 de julio de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Iwatani, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 27 de septiembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/32.698/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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