Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
31-10-2018

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181031-26

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN

26
ORDEN 3893/2018, de 24 de octubre, de la Consejería de Educación e Investigación, relativa a la modificación de los salarios y gastos variables de los módulos económicos para la financiación de centros docentes privados sostenidos con fondos públicos en el ejercicio 2018.

La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, autoriza en su artículo 18 un aumento del 1,5 por 100 de las retribuciones del personal del Sector Público y, además de lo anterior, si el incremento del Producto Interior Bruto (PIB) a precios constantes en 2017 alcanzara o superase el 3,1 por 100 se añadiría, con efectos de 1 de julio de 2018, otro 0,25 por 100 de incremento salarial.

La Ley 12/2017, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2018, fija la distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados a la financiación de centros privados sostenidos con fondos públicos en el año 2018 y establece, en su artículo 48.1.a), que la Consejería de Educación e Investigación podrá modificar los módulos económicos de acuerdo a las variaciones que pudieran resultar de aplicación una vez aprobada la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, concretando en la disposición adicional decimonovena de esta misma Ley que las retribuciones íntegras podrán experimentar, con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2017, un incremento con el límite del máximo porcentaje que, en su caso, sea fijado en la normativa aprobada por el Estado.

El II Acuerdo para la Mejora del Empleo Público y de Condiciones de Trabajo, de 9 de marzo del 2018, para el personal que presta servicios en el sector público, entre el que se encuentra el profesorado de la enseñanza pública, establece el incremento en 2018 en un 1,75 por 100, 1,50 por 100 fijo + 0,25 por 100 variable ligado al cumplimiento del objetivo de crecimiento del PIB en 2017, establecido en un 3,1 por 100.

La Orden de 19 de julio de 2018, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2018 dispone que, con efectos económicos de 1 de enero de 2018, las retribuciones íntegras del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid experimentarán un incremento global del 1,50 por 100, respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2017, más un incremento adicional del 0,25 por 100, con efectos económicos de 1 de julio de 2018.

Con fecha 14 de agosto se publica en el “Boletín Oficial del Estado” Resolución de 1 de agosto de 2018, de la Dirección General de Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, por la que se registran y publican las tablas salariales en pago delegado para el año 2018 del VI Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos donde se actualizan las retribuciones salariales de este sector.

En los centros concertados, como resultado de la firma del concierto, la Administración Educativa abona los salarios como pago delegado y en nombre de la entidad titular del centro, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Estas retribuciones han de posibilitar la equiparación gradual de la remuneración del profesorado de la enseñanza concertada con la del profesorado de la enseñanza pública en las respectivas etapas educativas. En la Comunidad de Madrid esta equiparación retributiva se alcanzó en virtud del Acuerdo de 17 de junio de 2010, suscrito por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas del ámbito de la enseñanza concertada de la Comunidad de Madrid y la Consejería de Educación.

En virtud de lo expuesto, y en el uso de las atribuciones que me confiere el Decreto 127/2017, de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación e Investigación y el Decreto 80/2017, de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Consejería de Educación e Investigación y la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes y se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid y las demás que me atribuyen las disposiciones en vigor,

DISPONGO

Primero

Módulos económicos

Establecer los nuevos importes, que se recogen en el Anexo de esta Orden, correspondientes a “salarios de personal docente, incluidas las cargas sociales” y a “gastos variables” de los módulos económicos para la financiación de centros docentes privados sostenidos con fondos públicos del Anexo III de la Ley 12/2017, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2018, tras la aplicación de un incremento global del 1,50 por 100, respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2017, más un incremento adicional del 0,25 por 100, con efectos económicos de 1 de julio de 2018.

Al objeto de poder establecer unos módulos económicos únicos para todo el 2018, estos nuevos importes recogen un incremento medio del 1,625 por 100, en todo el ejercicio 2018.

Segundo

Aplicación

Los nuevos importes de los módulos económicos correspondientes a “salarios de personal docente, incluidas las cargas sociales” y a “gastos variables” serán de aplicación con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2018 y se aplicarán en la nómina correspondiente al mes de octubre de 2018.

Tercero

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación e Investigación, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 24 de octubre de 2018.

El Consejero de Educación e Investigación, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR





(03/34.503/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181031-26