Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
31-10-2018

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181031-61

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

61
Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto bases reguladoras de la convocatoria para ayudas a deportistas individuales de Hoyo de Manzanares. Convocatoria 2018-2019

BDNS (Identif.): 420483

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puedo consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap. minhap.gob.es/bdnstrans/index)

Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar becas las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

— Estar empadronado en Hoyo de Manzanares desde, al menos, el 1 de enero de 2018. Este aspecto se comprobará de oficio por parte del Ayuntamiento.

— No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva, calificada como grave o muy grave.

— Poseer licencia federativa, durante la temporada objeto de baremación (2018-2019).

— No ser deudor del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares.

— Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social. Este aspecto se comprobará de oficio por este Ayuntamiento.

— Reunir alguno de los criterios técnicos, que son objeto de baremación, para la concesión de becas.

— Los beneficiarios no podrán incurrir en ninguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de General de Subvenciones.

Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas a deportistas individuales que estén empadronados en Hoyo de Manzanares como apoyo a la práctica deportiva durante la temporada 2018-2019.

Las ayudas concedidas irán destinadas a los siguientes conceptos:

— Desplazamientos a competiciones.

— Material deportivo.

— Gastos de entrenamiento y participación en competiciones.

La forma de concesión será concurrencia competitiva.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo Junta de Gobierno Local de 19 de octubre de 2018.

Cuarto. Cuantía.—El importe máximo de las becas a conceder asciende a la cantidad de 5.000 euros con cargo a los presupuestos 2018, partida 340-48106, “Subvenciones deportistas individuales”.

Quinto. Solicitudes.—Diez días hábiles desde publicación en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Documentación.—Las personas físicas interesadas en esta convocatoria de becas, junto a la solicitud, deberán acompañar la siguiente documentación:

— Hoja de solicitud debidamente cumplimentada (anexo I).

— DNI, pasaporte (en caso de ciudadanos de la UE) o de la tarjeta de residencia en vigor (en el supuesto de otras nacionalidades). En el caso en que el solicitante sea menor de edad, deberá presentar junto a la solicitud y copia de su DNI del padre/madre o tutor/a legal del mismo, que conste en el apartado de “Autorización Menores” del documento de solicitud (anexo I).

— Licencia deportiva en vigor desde, al menos, 1 de enero de 2018.

— Certificado de la federación deportiva correspondiente, que deberá indicar las competiciones de ámbito autonómico, nacional e internacional en las que el solicitante ha participado, y los resultados conseguidos en las mismas, todo ello durante la temporada 2018-2019.

— Certificado emitido por la federación correspondiente en el que se acredite que el beneficiario no está cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva, calificada como grave o muy grave.

— Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de General de Subvenciones.

De oficio, el Ayuntamiento comprobará que el solicitante no es deudor del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares y que se encuentra empadronado en el municipio.

El Ayuntamiento podrá requerir la aportación de otra documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para participar, o complementaria a la información facilitada por los solicitantes, para una mejor valoración de la solicitud.

Hoyo de Manzanares, a 23 de octubre de 2018.—El alcalde-presidente, José Ramón Regueiras García.

(03/34.434/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181031-61