Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
03-11-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181103-12

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

12
Madrid número 21. Ejecución 183 de 2017, notificación a Juan Ortiz Corbacho

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 183/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MONTSERRAT SANCHEZ SAZ frente a FOGASA y D./Dña. VIRGINIA GUERRERO GUERRERO sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda:

a) El embargo del bien/es inmueble/es que se describe/n: FINCA URBANA: NUMERO SIES. Vivienda tipo “C” en la planta primera del Bloque I del Conjunto Residencial CATEGOR, en la parcela “E” de la Urbanización Finca Pernet en el término de Estepona. Tiene una superficie de ochenta y siete metros ochenta decímetros cuadrados para vestíbulo, aseo, cocina con lavadero, salón-comedor, dos dormitorios y baño; tiene además seis metros noventa y un decímetros cuadrados de terraza. Linda: al frente, núcleo de acceso y en parte vivienda tipo “B” de esta planta; espalda, muro de cierre; a la derecha entrando, zona verde y en parte vivienda tipo “B” de esta planta; y a la izquierda, zona verde. CUOTA: 0,75%. Sujeto a la Propiedad Horizontal de la Finca Registral número 32.404, obrante al Folio 195, del Libro 441 de Estepona, por la inscripción 2ª como propiedad de D./Dña. VIRGINIA GUERRERO GUERRERO en régimen ganancial, para responder de la cantidad de 21.346,59 EUROS provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancia de D./Dña. MONTSERRAT SANCHEZ SAZ contra D./Dña. VIRGINIA GUERRERO GUERRERO.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir al ejecutado, para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo Fundamento Jurídico del presente Decreto.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. JUAN ORTIZ CORBACHO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto , salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de octubre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33.511/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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