Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
05-11-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181105-169

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

169
Madrid número 38. Procedimiento 222 de 2018, notificación a Peleo Construcciones y Obras, S. L. y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 222/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CARLOS FRANCISCO PASCUAL frente a FOGASA, OMEPETE MARKETING & COMERCIO SL y PELEO CONSTRUCCIONES Y OBRAS, S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda formulada por don CARLOS FRANCISCO PASCUAL contra PELEO CONSTRUCCIONES Y OBRAS S.L. y OMEPETE MARKETING & COMERCIO S.L., y con intervención de FOGASA, en reclamación de CANTIDAD, debo condenar y condeno solidariamente a PELEO CONSTRUCCIONES Y OBRAS S.L. y OMEPETE MARKETING & COMERCIO S.L., a abonar a don CARLOS FRANCISCO PASCUAL la cantidad de 1.113,13 euros (Mil ciento trece euros con trece céntimos), cantidad que será incrementada con 111,32 euros, en concepto de interés por mora.

En cuanto al FOGASA, este organismo estará a la responsabilidad legalmente establecida para él.

Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que la misma es firme ya que, contra la misma NO CABE INTERPONER RECURSO.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PELEO CONSTRUCCIONES Y OBRAS, S.L. y OMEPETE MARKETING & COMERCIO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a ocho de octubre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/32.933/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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