Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
05-11-2018

Sección 1.3.56.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181105-30

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

30
EXTRACTO de la Orden 1092/2018, de 5 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2019 de la prima compensatoria de las ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas de la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el FEADER.

BDNS (Identif.): 420744

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS.

Primero

Beneficiarios

Aquellos acogidos a los Programas de Forestación de Tierras Agrarias de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Objeto

Convocar las ayudas correspondientes a las primas compensatorias de los participantes en los Programas de Forestación de Tierras Agrarias de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Bases reguladoras

Las bases reguladoras por las que se rige esta convocatoria fueron aprobadas mediante Orden 1432/1993, de 30 de julio; 3040/1997, de 6 de octubre; 2803/2001, de 26 de julio; 8326/2004, de 24 de septiembre y 224/2006, de 24 de enero, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por las que se establecen ayudas pare el fomento de la forestación de tierras agrícolas de la Comunidad de Madrid , esta última publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 35, de 10 de febrero de 2006.

Cuarto

Cuantía

Se convoca el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva por importe de 360.000 euros de la posición presupuestaria G/411A/77306, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2019.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes de pago es el establecido en el artículo 95 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura, y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural. Con carácter general este plazo es el comprendido entre el 1 de febrero y el 30 de abril de 2019.

Madrid, a 5 de octubre de 2018.

El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, CARLOS IZQUIERDO TORRES

(03/34.766/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.56.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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