Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
06-11-2018

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181106-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN

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ORDEN 3875/2018, de 24 de octubre, por la que se revoca la autorización concedida al Centro Superior de Estudios Universitarios “La Salle” para impartir enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de nivel universitario, de acuerdo con el sistema educativo de Estados Unidos.

La Ley Orgánica de Universidades, en su artículo 86, señala que el establecimiento en España de centros que, bajo cualquier modalidad, impartan enseñanzas conducentes a la obtención de títulos extranjeros de educación superior universitaria, requerirá la autorización del órgano competente de la Comunidad Autónoma en cuyo territorio se pretenda el establecimiento, previo informe del Consejo de Universidades. Esta misma obligación se contempla en el artículo 15.1 del Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios.

Por Orden 5240/2010, de 14 de octubre, de la Consejería de Educación, se autoriza el establecimiento en la Comunidad de Madrid del Centro Superior de Estudios Universitarios “La Salle”, para impartir la enseñanza conducente al título de “Bachelor of Science in Business Administration” de “La Salle University” (Filadelfia), de acuerdo con el sistema educativo de Estados Unidos.

El Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, establece en la disposición adicional primera, apartado 3, que los centros que impartan enseñanzas universitarias con arreglo a sistemas educativos extranjeros, deberán adaptarse a los requisitos previstos en el mismo en el plazo máximo de tres años a partir de su entrada en vigor.

Toda vez que el plazo establecido para la adaptación a la nueva normativa ha finalizado y este Centro no ha presentado documentación alguna que acredite su adaptación a los nuevos requisitos, procede la revocación de la autorización concedida al Centro Superior de Estudios Universitarios “La Salle”, para impartir la enseñanza conducente al título de “Bachelor of Science in Business Administration” de “La Salle University” (Filadelfia).

El centro “La Salle” no ha iniciado la actividad para la que fue autorizado por la Orden 5240/2010, de 14 de octubre, por lo que la revocación de dicha autorización no afecta a terceras personas al no existir alumnos matriculados en la enseñanza denominada “Bachelor of Science in Business Administration”.

De conformidad con el artículo 5.d) de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid, esta propuesta de revocación ha sido informada en la sesión de la Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria del Consejo Universitario celebrada el 19 de septiembre de 2018.

En la tramitación de este expediente se ha prescindido del trámite de audiencia al interesado, al no figurar en el procedimiento ni haber sido tenidos en cuenta en la resolución del mismo, otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado (artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

En virtud de todo lo expuesto, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 127/2017, de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación e Investigación,

DISPONGO

Primero

Revocar la autorización concedida al Centro Superior de Estudios Universitarios “La Salle”, para impartir enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de nivel universitario, de acuerdo con el sistema educativo de Estados Unidos.

Segundo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación e Investigación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, o impugnarla directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Madrid, a 24 de octubre de 2018.

El Consejero de Educación e Investigación, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

(03/34.588/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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