Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
07-11-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181107-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 2

126
Alicante número 2. Procedimiento 477 de 2016, notificación a Desarrollos Empresariales Omnia, S. L.

EDICTO

Don Román Huertas Nafría, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Alicante.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 477 de 2016 a instancias de don Miguel Ortiz Miguel, contra “Desarrollos Empresariales Omnia, Sociedad Limitada”, en la que el día 1 de febrero de 2018 (recurso de reposición), se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:

Diligencia de ordenación del letrado de la Administración de Justicia, don Román Huertas Nafría.—En Alicante, a 1 de febrero de 2018.

Don Miguel Ortiz Miguel, con fecha 31 de enero de 2018, ha presentado recurso de reposición contra el auto de fecha 15 de enero de 2018, dentro del plazo establecido para ello, conforme consta en la correspondiente aplicación informática de la que dispone este Juzgado, y de conformidad con lo establecido en el artículo 187.3 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Se admite a trámite dicho recurso, y dese traslado de copia de lo presentado a las demás partes para que, en el plazo común de tres días hábiles a contar del día siguiente hábil a la notificación de la presente resolución, lo impugne si así le conviene.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante el letrado de la Administración de Justicia, sin perjuicio del cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse en el plazo de tres días, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).—Doy fe.

Para la interposición del recurso, será necesaria la consignación como depósito de 25 euros, que deberá efectuar en el siguiente número de la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre de este Juzgado, en la entidad bancaria “Banesto”: 0112-0000-61-0477-16. Debiendo indicar en el campo “Concepto” del resguardo del ingreso, que se trata de un recurso, seguido del código (31) y tipo concreto de recurso (social-revisión resoluciones letrado de la Administración de Justicia). Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse después de especificar los 16 dígitos de la cuenta expediente (separado por un espacio).

Deberá acreditar la constitución del depósito mediante presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.

El depósito sólo será exigible a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).—El letrado de la Administración de Justicia.

Y para que conste y sirva de notificación a “Desarrollos Empresariales Omnia, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero y cuyo último domicilio fue en calle Mariano Barbaci, número 5, oficina 10-A, Rivas Vaciamadrid (Madrid), así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente en Alicante, a 15 de octubre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.750/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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