Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
08-11-2018

Sección 1.4.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181108-17

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2018, de la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Tesorería, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “perfil del contratante”, en Internet de la contratación directa del arrendamiento del local sito en la plaza de la Puerta del Sol, número 5, de Madrid, propiedad de la sociedad “THOR 5 Puerta del Sol, Sociedad Limitada”, con CIF número B-87615977, destinado a un centro de turismo de la región.

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

b) Dependencia que tramita el expediente: Dirección General de Contratación, Patrimonio y Tesorería. Subdirección General de Patrimonio.

c) Número de expediente: A-CT/3996/2018.

d) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos).

2. Objeto del contrato:

a) Tipo: Patrimonial.

b) Descripción: Contrato de arrendamiento del local sito en la plaza de la Puerta del Sol, número 5, de Madrid.

3. Tipo de procedimiento:

a) Adjudicación directa al amparo del artículo 42.2, apartado e), en relación con el artículo 46.3 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.

4. Formalización del contrato:

a) Fecha de adjudicación: Resolución de 30 de agosto de 2018.

b) Fecha de formalización: 3 de octubre de 2018.

c) Adjudicataria: “THOR 5 Puerta del Sol, Sociedad Limitada”.

CIF número 87615977.

d) Importe de adjudicación: Importe neto de 2.930.030,78 euros; importe IVA (21 por 100): 615.306,46 euros; importe total de 3.545.337,24 euros.

5. Condiciones del contrato de arrendamiento:

a) Entrada en vigor: El día de la formalización del contrato; es decir, el día 3 de octubre de 2018.

b) Duración inicial del arrendamiento: Siete años. Hasta el 2 de octubre de 2025. No se han previsto prórrogas.

c) Renta mensual: La nueva renta mensual será exigible a partir del segundo año de vigencia del contrato; es decir, transcurridos.

d) Los gastos generales o de comunidad corresponden a la parte arrendataria. El IBI correrá por cuenta de la parte arrendadora.

e) El resto de condiciones serán las descritas en el contrato y en la Resolución de Autorización.

Madrid, a 17 de octubre de 2018.—El Director General de Contratación, Patrimonio y Tesorería, Jesús Vidart Anchía.

(03/34.401/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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