Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
12-11-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181112-145

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

145
Madrid número 20. Procedimiento 549 de 2018, notificación a Vegetales Tradicionales, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTIN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 549/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. NUBIA ERMELINDA IBARRA CADENA frente a ALASA CATERING SL, AYUNTAMIENTO DE MADRID, FOGASA y VEGETALES TRADICIONALES SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Dª NURIA ERMELINDA IBARRA CONTRA LA EMPRESA ALASA CATERING S.L. (desistida del procedimiento), LA EMPRESA VEGETALES TRADICIONALES S.L., que no comparece pese a estar citada en legal forma, AYUNTAMIENTO DE MADRID y siendo parte FOGASA, que no comparece, debo condenar y condeno a la codemandada EMPRESA VEGETALES TRADICIONALES S.L a abonar a la actora la suma de 8.189,96 euros, cantidad que se incrementará en un 10% de interés por mora,declarando responsabilidad solidaria del Ayuntamiento de Madrid sin condena a esta parte al 10 % de mora.

Que debo tener por desistida a la empresa ALASA CATERING S.L de los pedimentos de la demanda.

En cuanto a FOGASA habrá de estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento de la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER a nombre de este Juzgado con nº 2518 acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en C/ Princesa nº2 con el nº 2518 la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias, de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACION.-Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de la fecha por la Ilma. Sra. Magistrada que la suscribe en la Sala de Audiencias de este juzgado. Doy Fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VEGETALES TRADICIONALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecisiete de octubre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33.844/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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