Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
12-11-2018

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181112-18

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

18
ORDEN de 26 de octubre de 2018, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda por la que se amplía el crédito presupuestario de la Orden de 29 de junio de 2018 por la que se realiza la convocatoria de subvenciones, con cargo al ejercicio de 2018, para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad en centros especiales de empleo.

El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, señala que las personas con discapacidad tienen derecho al trabajo, en condiciones que garanticen la aplicación de los principios de igualdad de trato y no discriminación.

Mediante el Real Decreto 933/1995, de 9 de junio, se traspasó a la Comunidad de Madrid la gestión de determinados programas de ayudas y subvenciones que venía realizando el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid; entre estos programas se recoge el de integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

Dentro del marco de competencias asumido, le corresponden a la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, a través de la Dirección General del Servicio Público de Empleo las competencias relativas al fomento y promoción de la integración laboral de trabajadores con discapacidad, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 193/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

El artículo 2.1.a) del Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación ocupacional, establece la concesión directa de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas con discapacidad, a las que se refiere el capítulo 2 del Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que, en cumplimiento de la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de trabajadores minusválidos, desarrollado por Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de 13 de abril de 1994.

El artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, establece que la Conferencia Sectorial correspondiente fijará los criterios objetivos que sirvan de base para la distribución territorial de los créditos de subvenciones cuya gestión han asumido las Comunidades Autónomas, y que se materializan en la correspondiente Orden Ministerial anual.

Para el ejercicio 2018 se ha celebrado el día 17 de abril de 2018 la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, en la reunión celebrada el día 17 de abril de 2018, en la que se ha aprobado la distribución de fondos en materia laboral para su gestión por las Comunidades Autónomas, aprobándose en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, del día 25 de julio de 2018, los criterios de la distribución territorial adicional de los créditos correspondientes al ejercicio 2018 para la ejecución de los servicios y programas incluidos en los distintos ejes de políticas activas de empleo establecidos en el artículo 10.4 del texto refundido de la Ley de Empleo ,correspondiendo a la Comunidad de Madrid los reflejados en certificado adjunto a esta memoria.

De los fondos asignados en el Eje 3 oportunidades de Empleo en la Comunidad de Madrid se ha decidido destinar 55.300.000 euros a la financiación de las ayudas destinadas a la integración laboral de las personas con discapacidad en los centros especiales de empleo para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018. El programa de ayudas, pues, está financiado íntegramente por la Administración del Estado a través del Ministerio de Trabajo Migraciones y Seguridad Social.

Con fecha 26 de junio de 2018, por Acuerdo del Consejo de Gobierno, se autorizó un gasto por importe de 46.000.000 euros, con cargo al Programa 241M-Promoción y Fomento del Empleo, subconcepto 48099, del vigente Presupuesto de la Comunidad de Madrid para 2018.

Mediante la Orden de 29 de junio de 2018, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de julio de 2018) se convocaron ayudas destinadas a la integración laboral de las personas con discapacidad en los centros especiales de empleo para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.

El crecimiento de la economía madrileña está impulsando la ocupación en los centros especiales de empleo y, como consecuencia de dicho crecimiento del empleo, el importe correspondiente a las solicitudes presentadas a la convocatoria citada ha sido superior a su dotación inicial. La Comunidad de Madrid, consciente de la importancia de estas ayudas para facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad, ha decidido incrementar la dotación de la orden de convocatoria, de manera que se puedan atender todas las solicitudes de coste salarial en centros especiales de empleo que reúnen las condiciones para ser subvencionadas.

En virtud de lo expuesto, y en consonancia con las competencias atribuidas por la legislación vigente,

RESUELVO

Primero

Ampliar el importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2018, de las ayudas destinadas a la integración laboral de las personas con discapacidad en los centros especiales de empleo para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.

La publicación de esta orden no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes.

Segundo

Las referidas obligaciones se imputaran al subconcepto 48099, del Programa presupuestario 241M-Promoción y Fomento del Empleo, del vigente Presupuesto de la Comunidad de Madrid para 2018.

El crédito presupuestario de 9.300.000 euros, es sufragado con fondos procedentes del presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal.

Tercero

Se habilita al titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo para dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarias para la ejecución y aplicación de la presente Orden.

Cuarto

Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de octubre de 2018.

La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, ENGRACIA HIDALGO TENA

(03/35.412/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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