Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
12-11-2018

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181112-218

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

218
Móstoles número 1. Procedimiento 1.670 de 2017-M, notificación a Mercantil de Servicios en Proliferación Constante, S. L. y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.670 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Gutiérrez de la Dehesa, frente a “Mercantil de Servicios en Proliferación Constante, Sociedad Limitada”, “Proliferación de Servicios Corporativa Familiar, Sociedad Limitada” y “Alta Ecológica de Proliferación de Servicios, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 345 de 2018

En la ciudad de Móstoles, a 9 de octubre de 2018.

Fallo

Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por don Javier Gutiérrez de la Dehesa contra “Alta Ecológica de Proliferación de Servicios, Sociedad Limitada”, “Proliferación de Servicios Corporativa Familiar, Sociedad Limitada” y “Mercantil de Servicios en Proliferación Constante, Sociedad Limitada”, condenando a “Alta Ecológica de Proliferación de Servicios, Sociedad Limitada”, a abonar al actor la cantidad de 2.046 euros.

Debo absolver y absuelvo a “Proliferación de Servicios Corporativa Familiar, Sociedad Limitada” y “Mercantil de Servicios en Proliferación Constante, Sociedad Limitada” de la pretensión ejercitada en su contra, así como al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la presente sentencia no cabe interponer recurso alguno.

La presente resolución judicial la pronuncia, manda y firma don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, en nombre de su Majestad el Rey.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mercantil de Servicios en Proliferación Constante, Sociedad Limitada” y “Proliferación de Servicios Corporativa Familiar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la Oficina Judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento, o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 11 de octubre de 2018.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(03/34.185/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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