Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
13-11-2018

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181113-27

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ATAZAR

RÉGIMEN ECONÓMICO

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El Atazar. Régimen económico. Ordenanza fiscal cementerio

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación del artículo 3 de la ordenanza reguladora de la tasa del cementerio publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 183, de fecha 4 de agosto de 2014, página 69, y cuya nueva redacción queda con el siguiente tenor literal:

“Art. 3. Bases y tarifas.—La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente tarifa:

3.1. Cementerio:

— Concesión al titular del derecho funerario por veinticinco años:

• Nicho: 377 euros.

• Columbario: 272 euros.

• Sepultura: 852 euros.

— Concesión al titular del derecho funerario por cincuenta años:

• Nicho: 529 euros.

• Columbario: 424 euros.

• Sepultura: 1.004 euros”.

Queda derogado el apartado 3.2. Tanatorio.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contra la presente disposición de carácter general no cabrá recurso en vía administrativa, pudiendo interponerse ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde la publicación del presente acto, recurso contencioso-administrativo de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En El Atazar, a 26 de octubre de 2018.—El alcalde, Juan Ramón Fernández Barreno.

(03/35.249/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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