Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
13-11-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181113-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

88
Madrid número 14. Ejecución 164 de 2012, notificación a Encarnación García Ortega

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 164 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Encarnación García Ortega, frente a “Art Cosmic, Sociedad Limitada” y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 24 de julio de 2018.

La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que, en fecha 10 de julio de 2018, se ha producido ingreso de dinero en la cuenta corriente que este Juzgado tiene abierta para consignaciones, por importe de 14,03 euros, para su aplicación a estos autos.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 24 de julio de 2018.

Visto el contenido de la anterior diligencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 268.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, constando subrogación de Fondo de Garantía Salarial, líbrense mandamientos de pago a favor de doña Encarnación García Ortega, por importe de 3,40 euros, en concepto de principal, haciendo constar que, caso de no cobrarlo en el plazo de vencimiento de mandamiento de pago, será transferida a la cuenta de depósitos abandonados, procediéndose a su archivo.

Transfiérase la cantidad de 10,63 euros a la cuenta de Fondo de Garantía Salarial.

Una vez verificados los cobros, procédase al archivo de las actuaciones.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente al de su notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Encarnación García Ortega, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 10 de octubre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/34.475/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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