Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
15-11-2018

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181115-41

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

41
Bustarviejo. Régimen económico. Ordenanza fiscal cementerio y tanatorio

De conformidad con lo previsto en la legislación aplicable (artículo 49 de la vigente Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, y artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales), se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento en sesión de 28 de septiembre de 2018, ha adoptado el acuerdo que luego se describe, aperturándose un plazo de treinta días a contar del siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su exposición pública y audiencia de los interesados.

ACUERDO PLENARIO

1. Aprobar provisionalmente las tarifas de la ordenanza fiscal de referencia en sustitución de las vigentes hasta la fecha.

Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios de cementerio y tanatorio.

Artículo 5. Tarifas.—Las cantidades a liquidar y exigir, en concepto de cuotas tributarias, se obtendrá por aplicación de las siguientes tarifas.

2. Exponer al público la modificación aprobada en la forma preceptiva advirtiendo que en caso de no presentarse alegaciones en el plazo legal este acuerdo adquirirá carácter definitivo.

En Bustarviejo, a 29 de octubre de 2018.—El alcalde, Raúl San Juan López.

(03/35.552/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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